Por el delito de violencia familiar, E.G.G.C. fue sentenciado a dos años, siete meses y 15 días de prisión, después de ser declarado penamente responsable gracias a las pruebas aportadas por la Fiscalía General del Estado (FGE) en un procedimiento de juicio abreviado.
Tras el acuerdo entre las partes involucradas, se celebró el proceso que, como parte de las penas establecidas, incluye una amonestación pública, la reparación del daño, la prohibición de acercarse a la víctima directa y al lugar de los hechos por un plazo de tres años, después de haber compurgado su pena en prisión, además de la suspensión de sus derechos políticos.
La audiencia se desahogó ante la Juez Primera de Control en el Centro de Justicia Oral de Mérida, donde los fiscales de litigación establecieron que los hechos ocurrieron el 13 de agosto de 2023 en un predio del fraccionamiento Ampliación Hacienda, en agravio de su pareja sentimental, a quien el sentenciado agredió físicamente causándole lesiones y también dañar su teléfono celular, por lo que se interpuso la formal denuncia, la cual se judicializó bajo la causa penal 276/2023.
Antes de concluir la diligencia, se programó una audiencia para la individualización de las penas, pero se dispensó la misma por acuerdo de ambas partes, por lo que quedan en firme los castigos señalados.